Urgen ley sobre la vida tras polémico caso de la fecundación in vitro

  • A raíz del fallo sobre el polémico caso de la fecundación in vitro, surgió un nuevo debate acerca de desde qué momento un “ser humano” es considerado como tal.
  • El especialista Pedro Pablo Guanes destacó la necesidad de trabajar en nuevas legislaciones.

Fecunación in vitro. // Foto: Ilustrativa

El Dr. Pedro Pablo Guanes, especialista en ginecología y obstetricia, fue quien realizó el procedimiento de la fecundación in vitro que llegó a estrados judiciales y se hizo pública recientemente. El mismo reiteró que “el embrión es vida”, de acuerdo a nuestras leyes, tal y como lo señalaron los camaristas que emitieron un fallo a favor de una mujer que había solicitado a los tribunales la autorización para implantar en su vientre el embrión que concibió con su entonces pareja, pese a la oposición actual de ésta.

“Tenemos que empezar a trabajar en la legislación, tiene que empezar con una reunión multisectorial, médicos, abogados, religiosos, porque quieras o no estamos en un país donde la religiosidad tiene una incidencia muy importante en las decisiones de la pareja hoy en día”, agregó.

Guanes también señaló que nuestras legislaciones datan del año 1940, aproximadamente, por lo que desde hace más de 70 años no son actualizadas. “No existe manejo jurídico, jurisprudencia”, manifestó con respecto a las normativas que regulan la fecundación in vitro y todo lo relacionado con “la vida” en nuestro país.

Por otra parte, comentó que una fecundación in vitro puede tener un costo mínimo de entre G. 15 millones y G. 20 millones, dependiendo de cada caso. “Todo lo relacionado con la vida es costoso”, manifestó esta mañana en contacto con ABC Cardinal.

ANTECEDENTES DEL CASO
El tribunal de Apelación firmó ayer un acuerdo por el cual hace lugar al amparo promovido por una mujer, para que una clínica le implante un embrión que fue fecundado con su entonces pareja, vía in vitro. Esta sentencia fue otorgada pese a que el hombre ahora se opone al procedimiento.

Por una parte, la defensa de la mujer sostiene que su condición genética hace que el embarazo deba estar controlado y se necesite la aplicación de técnicas científicas que eviten que su bebé tenga el mismo síndrome que ella padece.

Como antecedente, señaló que la mujer no pudo llevar a término un embarazo y su hijo que sí nació falleció luego de unas horas por esta afección.

Por su parte, la defensa del hombre asegura que la mujer no pudo llegar a término en su embarazo por una infección urinaria “y no por una enfermedad congénita como quiere hacer creer ahora”. Además, destaca que la misma es capaz de quedar embarazada por los métodos naturales.

Asimismo, sostiene que en las cláusulas firmadas dan a entender que el procedimiento de implantación in vitro puede ser suspendido por la parte interesada.

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