Revocan detención de suboficial y denuncian a fiscal ante JEM

  • Al filo del mediodía de este martes 25 de febrero, el juez penal de garantías Armando Mendoza, dispuso el arresto domiciliario de la suboficial María Dejesús Ramírez Garayo, detenida el domingo último.
  • La agente fiscal Gladys Torales de Ovelar no reunió los elementos de prueba suficientes, imputó bajo figura de delitos de coacción grave, violación de ley de armas, por los cuáles solicitó prisión preventiva. La agente fue denunciada ante el JEM.
  • Olga Ortíz, esposa del comisario Jorge Fernández, denunció a la suboficial por supuestamente haber atentado contra su integridad, chocado contra su vehículo e incluso haberla apuntado con un arma de fuego.

María Dejesús Ramírez Garayo, agente policial, quién es sindicada por supuestamente querer atentar contra Olga Ortiz, esposa del comisario retirado, Jorge Fernández. //OviedoPress

Alrededor de las 10:00 hs. de este martes 25 de febrero, ante el juzgado penal de garantías del magistrado Armando Mendoza Balmaceda, concurrió para la audiencia de imposición de medidas, la suboficial María Dejesús Ramírez Garayo, detenida el pasado domingo en Coronel Oviedo, luego de supuestamente atentar contra Olga Ortíz, esposa del comisario general retirado, Jorge Fernández, por supuestos antecedentes amorosos que la agente policial, habría mantenido con el hombre.

La causa, a cargo de la agente fiscal de la unidad penal número 4 de esta ciudad, Gladys Torales de Ovelar, fue caratulada por esta como coacción, coacción grave, violación dela ley de arma, producción de riesgos comunes y otros, debido a que, según el relato de la denunciante, Ramírez Garayo la habría embestido con su automóvil, agredido físicamente e incluso encañonado a ella y su hija, con un arma de fuego.

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Ante este cumulo de situaciones, y la aparente falta de solidez en la imputación fiscal de la agente Torales de Ovelar, quien solicitó la aplicación de prisión preventiva contra la supuesta atacante, hubo oposición por parte de la defensa de la misma, ejercida por los abogados Jesús Enrique Ojeda y Enrique Villagra, quienes cuestionaron duramente esta postura fiscal, debido a que los hechos tipificados, se hallan enmarcados dentro de los considerados delitos, no crímenes, por lo que no correspondería la remisión a la cárcel, de la imputada.

Al filo del mediodía, al concluir la audiencia de imposición de medidas, el magistrado Mendoza Balmaceda resolvió la revocatoria de la detención de la suboficial María Dejesús Ramírez, consecuentemente se acogió a las medidas alternativas a la prisión preventiva, en este caso, prisión domiciliaria, que deberá guardarla en su ciudad de residencia, Caazapá sujeta a ciertas condiciones como, prohibición de salida del país, firma periódica del libro de asistencia, entre otros.

“Ante la inexistencia del hecho punible denunciado, del cual, la agente fiscal ni los denunciantes pudieron arrimar un solo elemento de prueba convincente que demuestre la materialización del delito por parte de nuestra defendida, no hay arma de fuego, no hay circuito cerrado que muestre a la suboficial perpetrando el ataque, por tanto esto viene a ser un circo montado, el cual el juez entendió correctamente, aplicando las medidas menos gravosas”, aseveró enrique Villagra, abogado de la imputada.

Denuncian a fiscal Gladys Torales ante el JEM
Por otro lado, ante las supuestas irregularidades en el proceso investigativo que encabeza la agente fiscal Lourdes Torales de Ovelar, esta mañana, se dio mesa de entrada ante el Jurado de enjuiciamiento de Magistrados (JEM), de la denuncia por supuesto mal desempeño en sus funciones, promovida por la agente policial María Dejesús Ramírez Garayo.

Conforme a las argumentaciones de la denunciante, la agente fiscal habría actuado sin la objetividad requerida, garantizada en el artículo 17 de la Constitución Nacional, y su concordante, el artículo 54 del Código Procesal Penal; “Antes de que el lunes, haya concluido la indagatoria de mi representada, la fiscal ya procedió a imputarla, de manera irregular”, refirió el abogado Villagra.

A todo esto, se sumaría igualmente la inexistencia de elementos de prueba sólidos que respalden la hipótesis fiscal; “No se han arrimado instrumentales, documentales ni periciales, como los circuitos cerrados de la zona del lugar del hecho, la supuesta arma de fuego con que se amenazó y a pesar de ello imputó bajo figuras delictivas, pero solicitando medidas preventivas, aplicables solo a crímenes, de manera absolutamente irregular”, mencionó Villagra.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrado, deberá indagar en cuanto a la carpeta fiscal y el contenido del expediente, de modo tal a evaluar la pertinencia de la apertura de averiguaciones, investigar la denuncia promovida contra la fiscal, abrir sumario o desestimar la misma.

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