MADES intervino en vertedero clandestino de Tacurú, en Caaguazú

  • De acuerdo con el informe de la cartera del medio ambiente se pudo constatar la serie de irregularidades que fueron denunciadas por los vecinos.
  • El propietario Carlos Ramírez Franco, político colorado y exconcejal municipal, admitió que recibe los desechos por parte de recolectores no autorizados en motocarros y camiones.
  • El dueño deberá presentar defensa en 10 días, de no hacerlo será pasible de multa independientemente al proceso penal del Ministerio Público.
La comitiva llegó al lugar para realizar el procedimiento esta mañana. || Ministerio Público

En la tarde de este martes funcionarios del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) procedieron a la intervención del vertedero clandestino situado en el barrio Tacurú-San Miguel de Caaguazú.

De acuerdo con el informe del MADES el lugar se encuentra a aproximadamente 400 metros del arroyo Tacurú, no cuenta con una fosa sin geomembrana, que representa el incumplimiento de medida de mitigación y es penado con hasta 5 años de cárcel. Tampoco cuenta con pileta de lixiviado, filtros de combustibles, cubiertas y vidrios, residuos considerados peligrosos. Asimismo, se pudo observar que había rastros de quema de residuos.

El propietario, Carlos Ramírez Franco, político colorado y exconcejal municipal, admitió que recibe móviles que actúan en forma irregular, de manera clandestina, sin habilitación de la autoridad de aplicación. Según este, los recolectores son personas particulares que se dedican a la limpieza de viviendas y patios baldíos y llevan a depositar en el sitio con motocarros y camiones.

El artículo 5 de la ley que sanciona delitos contra el medio ambiente establece sanciones con uno a cinco años de prisión y multa de 500 a 1500 jornales mínimos legales para que “los que eludan las obligaciones legales referentes a medidas de mitigación de impacto ambiental o ejecuten deficientemente las mismas”, inciso e.

En el artículo 200 del código penal también se establece una pena de hasta cinco años o multa cuando una persona trata, almacena, arroja, evacúa o de otra forma echa desechos: 1. Fuera de las instalaciones previstas o 2. Apartándose considerablemente de los tratamientos prescriptos o autorizados por disposiciones legales o administrativas.

Al terminar el procedimiento, se le entregó al dueño una cédula de notificación, donde se le intima a presentar en un plazo de 10 días su defensa y solicitar la vinculación a su expediente electrónico.

En caso de no hacerlo, el ministerio asumirá directamente que los hechos que constan en el acta de procedimiento son ciertos y procederá a la aplicación de multas y sanciones, independientemente al proceso penal que corresponde al ministerio público.

La intervención se realizó luego de cinco días de la denuncia formulada por vecinos ante la fiscal Abog. Norma Salinas, quien se constituyó en el lugar acompañada de peritos calificados, quienes constataron la existencia de una serie de irregularidades. Sin embargo, el caso pasó a manos del fiscal de la Unidad Especializada de Delitos contra el Medio Ambiente, Abog. Fermín Segovia, quien llamativamente afirmó que “no le consta”.

El representante del ministerio púbico manifestó además que “no imputará por presión”, asegurando que el lugar estaba habilitado por el MADES. Sin embargo, el secretario general de la Municipalidad de Caaguazú, Abog. Richard López indicó que el sitio no está habilitado por la comuna ni por MADES, asegurando que Segovia tenía pleno conocimiento de esto.

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