Jueza atenta contra derechos de niña al separarla de su madre arbitrariamente

  • Una expareja, compuesta por un hombre de 31 años y la mujer de 26 años, padres de una menor de cuatro años, se hallan en una disputa judicial “dispareja”, a decir de la denunciante.
  • Carmen Violeta Melgarejo, controvertida jueza de Caaguazú, ordenó entregar a la menor a la familia paterna, incumpliendo una resolución previa, que establecía un régimen de relacionamiento.
  • La madre denuncia haber sido separada de la hija hace 19 días, a través de una medida “provisoria” de la jueza, atentando contra lo establecido en el Art. 93 del Código de la Niñez y adolescencia.
Jueza Violeta Melgarejo || Cortesía

Una madre de 26 años de edad, denuncia la supuesta actuación arbitraria y parcialista, de la jueza de primera instancia del primer turno del Poder Judicial de Caaguazú, magistrada Carmen Violeta Melgarejo Sanabria, quien supuestamente haciendo prevalecer la mayor condición económica y estatus social del padre, de 31 años, otorgó a éste, la entrega y permanencia de la niña, de 4 años, al progenitor como medida cautelar de protección, por tiempo indefinido.

La madre, oriunda de J. Eulogio Estigarribia, Departamento Caaguazú, mantuvo un vínculo de unión con el padre de la niña, con quien vivió por espacio de cuatro años, en la ciudad de Asunción, de donde es oriundo el progenitor, de quien se separó en 2019, iniciándose desde allí un verdadero calvario, en busca de justicia.

Tras un proceso abreviado, ante un escribano público de capital, acordaron mantener un régimen de relacionamiento, la madre de la menor, actualmente de 4 años de edad y sus abuelos paternos, con quienes acordaron que la niña deberá relacionarse, a partir de los días viernes, de 12:00 hs., hasta las 13:00 hs. del lunes siguiente, con intervalos de cada 15 días.

Este acuerdo entre los abuelos paternos y la madre de la niña fue homologado en fecha 5 de noviembre de 2021, a través de la resolución judicial Nro. 369, ante el juzgado de la niñez y adolescencia de la jueza, Carmen Violeta Melgarejo Sanabria, quien, de conformidad a la Ley 1680/01 dejó abierta la posibilidad de acordar modificaciones, que contemplen la ampliación de la convivencia de los abuelos y el padre de la menor, para fechas especiales.

Transcurrido el primer mes de este régimen de relacionamiento acordado, ya si inició el primer desacuerdo, instalado desde los abuelos paternos de la niña, a instancias del padre, quien solicitó la ampliación de los días de convivencia, a través del auto interlocutorio de fecha 29 de diciembre de 2021, penúltimo día de actividad judicial, donde se planteó el pedido por parte del padre de que, la menor conviva con el mismo por espacio de 15 días, intercalados por cantidad similar de días con la madre, es decir, cada dos semanas debía cambiar de ambiente.

A este pedido, hubo una tenaz oposición por parte de la madre, quien rechazo la propuesta por considerarla inviable y poco saludable para el crecimiento y desarrollo armónico de la menor, amparada en lo que establece en Art. 93 ‘‘De la Controversia entre el padre y la madre’’, del Código de la Niñez y Adolescencia del Paraguay, que expresa: ‘‘El juez deberá oír la opinión del niño o adolescente y resolverá teniendo en cuenta la edad y el interés superior del niño’’… …‘‘en el caso del niño menor de cinco años, éste debe quedar preferentemente con la madre’’.

Omitiendo toda consideración jurídica y en una ignorancia supina de la Ley de la infancia paraguaya, Carmen Violeta Melgarejo, sin siquiera tener en cuenta el pedido de la madre, otorgó la ampliación del régimen de relacionamiento al padre los abuelos paternos de la menor, a 15 días corridos, a ser cumplidos inmediatamente tras la resolución, de fecha 29 de diciembre, es decir, a partir del 10 de diciembre de 2021 al 14 de enero de 2022.

‘‘La jueza Melgarejo me dejó en un estado total de indefensión al emitir este fallo en el último día de trabajo del sistema judicial, al no poder yo recurrí con ninguna medida durante la feria del mes de enero, a mi niña la llevaron desde esa fecha y tuve que resignarme a cumplir con la sentencia de la juez, con todo el dolor de mi corazón, por temor a cualquier represalia por desacato, que es una exposición a la que me sometieron e incluso me advirtieron, por no decir amenazaron’’, expresó a nuestro medio, la dolida madre.

A partir de este nuevo régimen de relacionamiento impuesto por la jueza Carmen violeta Melgarejo, con las prolongadas estadías de la niña en el seno de la familia paterna, se comenzaron a suceder las dificultades de comunicación con la menor, quien incluso tuvo cambios de actitudes, volvía mas retraída luego de su estadía con la familia paterna e incluso se negaba a tener que viajar o quedar con los abuelos paternos, cuando estos iban a buscarla, desde Asunción a Caaguazú.

Este ‘‘nuevo régimen’’ impuesto se cumplió únicamente en esa primera quincena de enero, luego tras volver con la madre los siguientes quince días de enero, la menor volvió hasta Asunción a principios de febrero, debiendo haber retornado con la madre, para mediados de mes de febrero, situación que no se cumplió por parte de la familia paterna, quienes aprovecharon esta situación para promover una acción ampliatoria de régimen de relacionamiento a medida cautelar.

Medida cautelar a pedir de boca y medida de la familia paterna
En fecha 4 de marzo de 2022, tras más de dos semanas de que la madre perdió total comunicación con su hija, debido a que le fue bloqueado el contacto por redes sociales con los abuelos paternos y el padre, sin recibir ninguna información sobre el estado de salud o físico de la niña, la juez Melgarejo Sanabria viajo hasta Asunción para una constitución, a pedido de los abuelos paternos.

Ya en la vivienda paterna, sobre la Avda. Eusebio Ayala de Asunción, la constitución inició a las 14:00 hs., ante la supuesta negativa de la niña a retornar con su madre, hasta ciudad de Campo 9. La jueza Carmen Violeta Melgarejo, acompañada de la psicóloga del Poder Judicial de Caaguazú, Gabriela Olazar, mantuvieron entrevista con la menor y su ambiente familiar paterno, constatando supuestos cambios actitudinales hacia la familia de la madre y un ‘‘buen ambiente familiar’’ en el que está conviviendo con la familia de su progenitor.

Ante este supuesto panorama, la jueza Carmen Violeta Melgarejo resolvió arbitraria y unilateralmente: ‘‘ordenar cautelar de protección, la permanencia provisoria de la niña sin dar posibilidad a descargo o defensa a la madre de la niña en el hogar paterno, hasta nueva disposición’’, con lo que dio por concluida la constitución, a las 15:50 hs., del viernes 4 de marzo de 2022.

El tiempo transcurrido de que le fuera arrebatada la menor a su madre, ya ronda un mes, llamativamente es la jueza misma quien inobservando todos los rigorismos y ordenamientos jurídicos en materia de derechos de la niña, asume una actitud parcialista y arbitraria: ‘‘No quisiera creer que la jueza esté moviéndose por intereses que no sean únicamente los de salvaguardar y proteger los derechos de mi hija, sería muy penoso que sea ella misma, como madre que tal vez sea, quien este propiciando este dolor para mí y mi hija, a cambio de vaya uno a saber qué intereses o contraprestaciones’’, atinó en lamentarse la madre.

Expresó igualmente que, dado el poder económico del padre de su hija, no le sería nada raro que estén ‘‘comprando’’ los favores de la justicia, porque es una posibilidad cierta que siempre está latente en la justicia paraguaya: ‘‘Es muy llamativo que, sin siquiera comunicarnos se hayan constituido hasta Asunción, no nos dieron ningún tipo de participación e inmediatamente saca un fallo despojándome de mi hija’’, finalizó la aquejada mujer.

Carmen Violeta Melgarejo Sanabria es una controvertida magistrada, quien en varias ocasiones se vio envuelta en denuncias de supuestos fallos arbitrarios y parcialistas, donde el denominador común siempre fue el mayor caudal económico de los accionantes, en detrimento de los legítimos derechos de madres e hijos. También se ha visto salpicada en un polémico fallo para la liberación de uno de los supuestos responsables del crimen del joven caaguaceño Arielito Ibáñez, entre otros casos bastante sonados.

Compartí esta noticia

Deja un comentario

  • OviedoPress Radio
  • OviedoPress
  • _blank
  • https://oviedopress.com/wp-content/uploads/2021/09/album_art.png
  • ALL CATEGORIES
  • https://oviedopress.com:9000/radio/oviedopress_radio.mp3
  • https://oviedopress.com:9000/radio/oviedopress_radio.mp3