Instan a cumplir medidas sanitarias para actividades físicas

  • Con la entrada en vigencia de la cuarentena inteligente, desde el pasado lunes 4 de mayo, se ha establecido un protocolo para la práctica de actividades físicas.
  • El decreto presidencial establece como horario el de 05:00 hs. a 08:30 hs., para mayores de 60 años, de 09:00 hs. a 19:00 hs., para personas de entre 10 a 59 años, los menores de 10 años no podrán aún practicar deportes.
  • La comuna ovetense exige para la práctica deportiva asistir con tapabocas a las plazas públicas, no hacerlo en pareja, sólo están permitidas las caminatas, no así trotes, por espacio limitado de 30 minutos por sesión, informaron.

El decreto presidencial establece como horario el de 05:00 hs. a 08:30 hs., para mayores de 60 años, de 09:00 hs. a 19:00 hs., para personas de entre 10 a 59 años, los menores de 10 años no podrán aún practicar deportes //Oviedopress

El decreto presidencial de cuarentena inteligente, que rige desde el pasado lunes 4 de mayo en el Paraguay, prevé la flexibilización gradual de varias actividades; laborales, económicas, financieras, como también las de esparcimiento físico y práctica de actividades deportivas.

En tal sentido, las prácticas de actividades físicas podrán ser realizadas, bajo ciertas medidas de seguridad, establecidas específicamente para las franjas etarias, en distintos horarios y con intervalos de cumplimiento obligatorios, las cuales vienen siendo aplicadas y exigidas, por la Municipalidad de Coronel Oviedo.

En las plazas públicas de la ciudad, podrán realizarse actividades físicas limitadas, por de pronto únicamente están permitidas las caminatas, no así trotes, ni prácticas de actividades como gimnasia o uso de los equipos de práctica comunes, ni los parques infantiles, debido a que estos pueden contener virus y bacterias, su uso común, expone a la población”, inició puntualizando el director de planificación municipal, Marcos Balmoriz.

Respecto de los horarios habilitados y franjas horarias, estos espacios estarán habilitados de recibir a las personas, mayores de 60 años, entre las 05:00 hs., hasta 08:30 hs.

Luego, de un intervalo de media hora de inactividad, desde las 09:00 hs., hasta 19:00 hs., los espacios estarán disponibles para las personas de entre 10 años, hasta 59 años de edad, conforme lo establece el decreto presidencial, y su reglamentación de cuarentena inteligente.

Las exigencias requeridas para la práctica de actividades físicas en espacios comunes son las siguientes; uso obligatorio de tapabocas, concurrir de manera individual a las plazas, caminar a distancia prudencial de las demás personas, evitar tocer, estornudar o arrojar secreciones (sonar la nariz), hidratarse permanentemente y airear o espaciar el tapabocas para la renovación frecuente del aire, de modo a no exponerse con la inhalación de monóxido se carbono que genera uno mismo al exhalar su aliento, entre otros.

En cuanto al limite de tiempo de las prácticas de actividades físicas, esta no debe excederse de los 30 minutos por cada sesión, debido a que, el cuerpo humano o la de aquellos no acostumbrados a la alta exigencia deportiva, no está lo suficientemente preparada para el uso permanente de tapabocas.

Se exhorta igualmente a las personas que, luego de terminada la sesión física, al retornar a sus hogares, la higienización sea en espacios independientes del domicilio, no ingresar directamente a los ambientes comunes (sala, habitación u otros), ducharse y recién luego de este proceso, volver a tener contacto con el resto de los habitantes de la casa.

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