Detallan proceso de escrutinio de votos para las elecciones

  • La Justicia Electoral informó que, una vez concluida la votación el próximo 10 de octubre, se procederá al escrutinio de los votos, para lo cual se ubicará una máquina de votación en la mesa, siendo la misma habilitada en el módulo de cierre de mesa y escrutinio por el presidente de mesa con su credencial electrónica.
  • La institución detalló que el presidente de la mesa debe seguir los siguientes pasos: habilitar la máquina de votación con su credencial, seleccionar al módulo de cierre de mesa y escrutinio, ingresar el identificador de mesa y la contraseña de su credencial electrónica.
|| Justicia Electoral

La institución detalló que el presidente de la mesa debe seguir los siguientes pasos: habilitar la máquina de votación con su credencial, seleccionar al módulo de cierre de mesa y escrutinio, ingresar el identificador de mesa y la contraseña de su credencial electrónica.
El voto es secreto pero el escrutinio es público y fiscalizado” establece el Art. 221 del Código Electoral Paraguayo.

El presidente de la mesa desdobla cada boletín de voto, separa los boletines nulos y acerca el chip de los boletines validos al lector de la Máquina de Votación. En la pantalla se mostrará el contenido de dicho voto, así como la cantidad de votos que vaya obteniendo cada candidato a Intendente, la cantidad de votos por cada lista y de votos preferentes por cada candidato para la Junta Municipal. Según informó el medio digital hoy.com.

Posteriormente, se procede a la lectura en voz alta del contenido del boletín de voto. Primero el voto por Intendente (organización política y nombre del candidato), luego para Junta Municipal (organización política, nombre del candidato y número de opción).

El presidente de la mesa exhibe cada boletín a los vocales, veedores de mesa y electores presentes. Si algún miembro de mesa, veedor o apoderado en ejercicio de sus funciones tiene dudas sobre el contenido de un boletín de voto leído por el presidente, puede pedir en el acto para examinarla, debiendo ser concedido. Este procedimiento se repetirá hasta contabilizar todos los boletines de voto contenidos en la urna, como lo dispone el Art. 224 del Código Electoral.

En el Art. 229 indica que una vez suscrita el acta el presidente deberá otorgar certificado sobre los resultados de la elección a los veedores que requieran. El mismo llevará la firma de los miembros de mesa.

El acto de proclamación de los candidatos electos será realizada de manera pública por el Tribunal Electoral de cada circunscripción, el jueves 4 de noviembre de 2021, con lo cual concluye el proceso electoral.

Cabe destacar, que el mandato de los intendentes y concejales municipales electos en el año 2021 tendrá una duración de 4 (cuatro) años, según lo que establece la Ley 65/47, en su Art. 6, a diferencia de Elecciones Municipales anteriores en donde el periodo correspondía a 5 años.

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