Aprueban proyecto de ley de emergencia nacional por feminicidios
- Los senadores dieron media sanción al proyecto de ley que declara emergencia nacional por feminicidios y prevé medidas para proteger a las mujeres de todo tipo de violencia.
El proyecto de ley “Que declara Emergencia Nacional por Feminicidios” fue aprobado este jueves por la Cámara de Senadores. Los parlamentarios reconocieron la necesidad de fortalecer las medidas de protección a las mujeres víctimas de violencias. Los casos de violencia de género aumentaron durante la pandemia del Covid-19.
El documento tiene por objeto declarar emergencia nacional por feminicidios y complementar lo previsto en la Ley Nº 5777/16 De Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de violencia y su decreto reglamentario Nº 6973/17, estableciendo medidas urgentes e inmediatas con la finalidad de reducir el número de víctimas de feminicidios y prevenir, atender y proteger a todas las mujeres de toda forma de violencia.
Se establece como órgano rector al Ministerio de la Mujer para impulsar la aplicación de la ley. Como primer punto deberá integrar un gabinete de crisis, fortalecer la difusión de las medidas de protección a través de campañas de concienciación y los servicios de prevención y asistencia a personas en situación de violencia.
El Ministerio también será responsable de disponer cursos virtuales para el fomento de actitudes no violentas, dirigidos a educadores y educadoras formales y no formales, e implementar en todas las penitenciarías nacionales y regionales programas asistenciales para la reeducación de hombres condenados por femicidios.
El proyecto también pretende capacitar a las fuerzas públicas para que intervengan a tiempo y con perspectiva de género.
Entre otras medidas, el proyecto busca que, previa autorización de las víctimas, se incorporen en los teléfonos celulares de las mujeres en situación de violencia, previa denuncia y como parte de las medidas cautelares, los siguientes servicios: Geolocalización, envío de mensaje SOS a contactos directos, comunicación directa con el 911, grabación de sonido ambiente, captura de imágenes y/o videos, información sobre centros de atención, comisarías, fiscalías y juzgados que correspondan a su jurisdicción.
Asimismo, también se plantea declarar como servicio esencial la asistencia integral a las víctimas de violencia, garantizando el normal funcionamiento de los dispositivos de información de 24 horas.
La propuesta también establece apoyo psicológico a las mujeres víctimas de violencia para contención, atención y acompañamiento psicológico inmediato por vía telemática a través de los servicios en los distintos niveles que ofrecen el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y otras instituciones.
En su artículo 8 se menciona la participación de la Secretaría Nacional de Turismo en coordinación con el Ministerio de la Mujer en la conformación de una red solidaria de hoteles y posadas turísticas comprometidas en la protección a las mujeres víctimas de violencia, para hospedarlas en caso de ser necesario de manera temporal y extraordinaria, con sus hijos, hijas y/o personas dependientes.
También se dispone a los centros asistenciales públicos o privados remover los obstáculos existentes para el acceso de diagnóstico médico o constancia médica y psicológica para las mujeres víctimas de violencia.
En el caso de juzgados de turno se determina habilitar un medio telemático para el ingreso de denuncias. También se establece que la no presentación de la copia de la denuncia policial presentada por la víctima no podrá ser impedimento para el acceso a la justicia de las mujeres que acuden a requerir medidas de protección. Además, dispone que los juzgados garanticen el servicio las 24 horas para dichos casos.
A la Policía Nacional se le encomienda prever mayor designación de personal capacitado en las dependencias policiales, además de socializar internamente y en la comunidad los protocolos de atención policial a mujeres víctimas de violencia a fin de brindar atención adecuada y evitar la revictimización.
Asimismo, la normativa contempla que en caso de que un funcionario público reciba una condena firme por hechos punibles cometidos en ocasión de violencia contra la mujer, el mismo quedará inhabilitado por dos años para ejercer la función pública.
El proyecto fue presentado por la senadora Lilian Samaniego y modificado por las comisiones de Equidad y Género; Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo; Derechos Humanos y Bancada de PDP. El documento pasa a consideración de la Cámara de Diputados.