Afirman que no hay impedimento legal para recibir camas de mejor calidad

  • Para la Abogada Lujan García de Zúñiga, especialista en asesoramiento legal y consultorías en materia de contrataciones públicas, concesiones y proyectos público-privados, “no hay ninguna norma jurídica” que obligue a rechazar un bien de mayor valor objeto del llamado en una licitación.

Abogada Lujan García de Zúñiga, especialista en asesoramiento legal y consultorías ||Gentileza

La respuesta fue ante la consulta de que si existen o no alguna disposición legal que impida que el Ministerio de Salud reciba las camas de reposición ofrecidas por IMEDIC.

De acuerdo a Garcia de Zúñiga, “es cuestión de sentido común, si las camas son de mayor complejidad y van a servir, no veo por qué han de ser rechazadas, toda vez que el costo no sea cargado a la institución que solicitó la compra”.

“A mi criterio no existe ningún impedimento legal para recibir un bien de las mismas características solicitadas o de mejor calidad”, insistió.

Señaló, sin embargo, que es una cuestión de criterios, “hay gente que piensa que debe ser exactamente igual que lo que se describe en el pliego de bases y condiciones, si las características son mejores, no tiene mucho sentido esa posición”.

Remarcó que uno de los principios que se manejan en Contrataciones Públicas “es la eficiencia, es decir, mejores condiciones de compras en cuanto a calidad y costo. Si el bien solicitado sirve para lo que solicitaste y no te cuesta más caro, no tendría que haber inconvenientes para recibirse; legalmente no encuentro ningún obstáculo para que sea rechazada la entrega“.

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