Un padre fue condenado a 20 años por abuso sexual a su hija

  • En un juicio oral y público que culminó este martes, un hombre fue condenado a 20 años de prisión, tras ser hallado culpable de abuso sexual a su hija.
  • Durante la audiencia se dio a conocer que en aquel tiempo el ahora sancionado le decía a su pequeña hija que estaba enamorado de ella, la manoseaba en sus partes íntimas, la besaba en la boca, hasta que finalmente concretó el coito.

El Tribunal de Sentencia, ordenó a 20 años de prisión a un hombre por abuso sexual en el cual resultó víctima su hija biológica de apenas 10 años.//Archivo-Oviedopress

El Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Flavia Lorena Recalde e integrado por Emilia Santos y Milciades Ovelar, condenó a 20 años de prisión a un hombre por abuso sexual en el cual resultó víctima su hija biológica de apenas 10 años, en Ciudad del Este. Según informó el medio digital ultimahora.com.py.

La calificación se dio conforme con lo que establece el artículo 135, incisos 1 y 2, numerales 2 y 3, además de los incisos 3 y 4 por concurso legal, establecido en el artículo 70 del Código Penal, pudiendo incluso aumentar la pena a 40 años.

El fiscal Édgar Torales representó al Ministerio Público en el debate. A su vez, el acusado estuvo asistido por el abogado Francisco Guerrero.

Según los antecedentes, los hechos datan del 2019 y sucedían en una casa situada en el barrio Remansito de Ciudad del Este. Padre e hija residían en el lugar y el ahora enjuiciado aprovechaba la ausencia de la madre para consumar las agresiones.

Los ataques sexuales se repitieron en sucesivas ocasiones, debido a que la menor pasaba el mayor tiempo con su papá.

En una oportunidad, la niña le contó a su abuela que su padre estaba enamorado de ella y que acostumbraba a tocarle todo el cuerpo. La mujer inmediatamente radicó denuncia formal y la nena fue inspeccionada por la médica forense del Ministerio Público, Ramona García, quien confirmó el abuso sexual.

Los nombres de la víctima y del supuesto autor se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas o supuestos autores de hechos punibles.

 

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