Sin restricción horaria para circulación y para compra de bebidas, así es la nueva Ordenanza
- La Ordenanza 02/021, vigente desde el pasado domingo en Coronel Oviedo, no establece limitaciones horarias para la circulación de personas.
- Tampoco tiene restricción horaria para la compra y venta de bebidas alcohólicas.
- La restricción se impone para los locales gastronómicos y bodegas que deben cerrar a las 22:00 horas.
El pasado viernes los concejales municipales de Coronel Oviedo, desarrollaron dos sesiones extraordinarias para estudiar el proyecto de Ordenanza que declara Emergencia Sanitaria en la ciudad, con imposición de nuevas medidas restrictivas para los habitantes de la capital departamental.
Tras largos debates fue aprobado el proyecto que quedó plasmado en la Ordenanza 02/021, que fue promulgado en la tarde del sábado por el intendente municipal, Eladio González Torres, y puesto en vigencia desde el domingo 18 hasta el 25 de abril próximo.
El objetivo es reducir el contagio del Coronavirus en la ciudad, sin embargo, la nueva Ordenanza deja una serie de lagunas que finalmente no lograría el objetivo porque las restricciones impuestas solo afectan a cierto tipos de actividades comerciales.
En la Ordenanza se estipula que el horario de apertura de los locales comerciales será, las 05:00 horas y como horario máximo de cierre, las 22:00 horas, a excepción de los considerados esenciales: supermercados, despensas, farmacias y estaciones de expendió de combustible.
Para los que realizan servicio de delivery, esta Ordenanza les impide transportar pedidos de bebidas alcohólicas, a partir de las 22:00 horas. Si permite que realicen entregas de otro tipo de productos.
Circulación hasta las 23:59 horas
La Ordenanza Municipal 02/021 no restringe el horario de circulación de personas, en ninguna de sus disposiciones, por lo que queda en vigencia lo que establece el Decreto Presidencial 5100, que pone como límite, las 23:59 horas.
Toda persona está habilitada para circular, en el territorio de Coronel Oviedo, hasta la medianoche. Nadie podrá impedir este hecho porque el Decreto Presidencial vigente da el respaldo legal para el desplazamiento nocturno.
Si bien es cierto, que la Ordenanza no restringe el horario de desplazamiento de personas, los funcionarios municipales realizan controles, desde las 22:00 horas. Sin embargo, no existe impedimento legal ni normativo para que las personas circulen hasta la medianoche.
Venta de bebidas hasta las 23:59 horas
La nueva Ordenanza tampoco establece restricción en el horario para la compra y venta de bebidas alcohólicas. Habilita la apertura de despensas, minimarket, supermercados y estaciones de servicios. Estos locales comerciales venden bebidas alcohólicas por lo que no existe impedimento legal para que los habitantes de Coronel Oviedo, adquieran en estos locales, hasta las 23:59 horas de acuerdo con lo establecido en el Decreto Presidencial vigente.
La restricción horaria, hasta las 22:00, es para los locales gastronómicos y para las bodegas. En ambos comercios no podrán ser vendidas bebidas alcohólicas. Tampoco los servicios de delivery podrán transportar pedidos de bebidas a partir de este horario.
En conclusión, las personas podrán salir de sus hogares y circular sin impedimento hasta la media noche. Hasta el mismo horario, los comercios habilitados podrán vender bebidas alcohólicas.