Remueven a jueza penal Cinthia Páez por mal desempeño

  • El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados destituyó a Cinthia Páez Mancuello por mal desempeño, tras otorgar hábeas corpus injustificados a dos procesados por narcotráfico.
  • La jueza permitió la salida de la cárcel de Emboscada de Francisco Delosanto Ayala y Domingo Vera Vera, argumentando razones de salud sin fundamentos válidos.
  • A pesar de la gravedad del caso, no se reunió la cantidad de votos necesarios para remitir los antecedentes al Ministerio Público por presunto prevaricato.
El JEM removió de su cargo a la jueza Cinthia Páez. ll El Observador

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió aplicar la sanción más severa contra la jueza Penal de Garantías Cinthia Páez Mancuello, determinando su remoción del cargo por mal desempeño. La decisión fue tomada después de que se comprobara que concedió hábeas corpus genéricos sin justificación jurídica a dos reclusos procesados por narcotráfico, permitiendo su salida de la Penitenciaría Regional de Emboscada.

Uno de los casos evaluados fue el de Francisco Delosanto Ayala, acusado por asociación para el narcotráfico y lavado de dinero, quien consiguió su traslado inmediato e internación en un sanatorio privado tras la resolución de la jueza el 4 de febrero de 2024. En la lectura de la sentencia, el Dr. César Garay enfatizó que el procesado había rechazado los medicamentos proporcionados por la penitenciaría alegando desconfianza.

“No tiene explicación lógica o valedera y jurídica que una persona privada de libertad promueva un hábeas corpus genérico por un supuesto peligro de salud cuando se niega a recibir los medicamentos suministrados”, señaló Garay, agregando que la jueza “conculcó perversamente la noble garantía constitucional del hábeas corpus”.

El segundo hecho que llevó a su destitución está relacionado con la resolución que benefició a Domingo Vera Vera, también procesado por delitos de narcotráfico, quien obtuvo arresto domiciliario por supuestas complicaciones de salud. Sin embargo, no se justificó la gravedad de las enfermedades ni la urgencia de la atención médica. El Dr. Garay resaltó que la medida cautelar fue concedida por la magistrada a través de un hábeas corpus genérico, pese a que tales decisiones corresponden al juez interviniente en la causa penal.

“Fue falazmente otorgada la garantía constitucional”, indicó Garay, recordando que en todas las revisiones anteriores, los jueces intervinientes y el Tribunal de Apelaciones ratificaron la prisión preventiva del procesado.

La destitución de Cinthia Páez Mancuello se sustentó en los incisos b y g del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento de Magistrados, que sanciona el incumplimiento grave de las normas y la parcialidad manifiesta en sus decisiones. No obstante, pese a la gravedad de los hechos, no se logró la cantidad de votos requeridos para remitir los antecedentes al Ministerio Público por la presunta comisión del delito de prevaricato.

Compartí esta noticia

Deja un comentario

  • OviedoPress Radio
  • OviedoPress
  • _blank
  • https://oviedopress.com/wp-content/uploads/2021/09/album_art.png
  • ALL CATEGORIES
  • https://radio.host.com.py:7022/stream.mp3
  • https://radio.host.com.py:7022/stream.mp3