Polémico diputado propone ley contra discriminación a no inmunizados

  • El polémico diputado Jorge Brítez presentó un proyecto de ley para evitar que las personas vacunadas o no inmunizadas sufran algún tipo de discriminación en lo laboral, en su educación o en la salud, por su decisión adoptada.
  • Las sanciones que se establecen en este proyecto son multa, suspensión o cancelación del registro y clausura de la institución, que serán aplicadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • El monto de las multas se calculará teniendo como base el jornal mínimo para actividades diversas no especificadas en la República que, en ningún caso, excederá de cien jornales.
El pólemico diputado Jorge Britez || Archivo-UH

En más de una ocasión, Jorge Brítez expresó su postura contraria al uso de tapabocas, así como a la aplicación de las vacunas contra el Covid-19, y abogó por “tratamientos alternativos” contra el virus.

Ahora el legislador propone proteger contra todo tipo de discriminación a las personas vacunadas, con vacunación incompleta y/o no vacunadas contra el virus SARS COV-2, con la intención de garantizar, a cada persona, que no sea discriminada por la decisión que ha adoptado con relación a inocularse o no contra el coronavirus. Según informó el medio digital hoy.com.py.

En su documento esgrime que no se aceptará la “discriminación, trato diferente, perjudicial, excluyente o restrictivo basado en el estado de vacunación (completa, incompleta y/o nula), que tenga por objeto anular o impedir el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas”.

En esencia prohíbe las restricciones o medidas coercitivas de los derechos y garantías de estas personas, cuando fuesen impuestas por la sola razón de su estado de vacunación. “La violación de cualquier derecho o garantía que les ampara, será denunciable y/o recurrible ante las autoridades judiciales y administrativas para el reclamo de las responsabilidades civiles, laborales, penales y otras que correspondan, así como el cese del acto discriminatorio”, expresa un párrafo del proyecto de ley.

Plantea que los establecimientos de salud pública, en todos sus niveles, brinden la atención adecuada y necesaria, sin distinción y condicionamiento alguno a las personas, sean éstas vacunadas, con vacunación incompleta y/o no vacunadas contra el Covid-19, que así lo requieran.

Según publica la Cámara de Diputados, lo mismo se estipula para los establecimientos de salud privados y del seguro social que deben proporcionar a sus asegurados la atención integral correspondiente.

Esta disposición también pretende cubrir a todos los trabajadores públicos o privados. “Cada trabajador tiene derecho al empleo en las mismas condiciones originarias acordadas, en los derechos adquiridos, en las garantías y condiciones prescriptas por el ordenamiento jurídico nacional. No se le impondrá condicionamiento relacionados a la vacunación”, expresa.

Además se refiere al derecho a la educación, prohibiendo a todas las instituciones de enseñanza solicitar a sus matriculados las pruebas de haberse sometido a la vacunación.

El libre tránsito también está garantizado por esta iniciativa. Las instituciones migratorias y/o autoridades policiales no podrán condicionar el ingreso o salida del país, ni la circulación dentro del territorio nacional, al estado de vacunación o no vacunación, dice un párrafo del artículo 10 del proyecto.

Las sanciones que se establecen en este proyecto son multa, suspensión o cancelación del registro y clausura de la institución, que serán aplicadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. La suspensión y cancelación del registro serán por un plazo de entre seis meses y tres años.

El monto de las multas se calculará teniendo como base el jornal mínimo para actividades diversas no especificadas en la República que, en ningún caso, excederá de cien jornales.

El documento se encuentra, para su estudio, en las comisiones de Legislación y Codificación Justicia, Trabajo y Previsión Social; Derechos Humanos; Educación, Cultura y Culto; Salud Pública; y en la de Equidad Social y Género.

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