Médico afronta juicio por implantar un DIU a su pareja sin consentimiento
- El médico José Félix Ramírez Montero enfrenta un juicio oral tras ser acusado de haber implantado un dispositivo intrauterino (DIU) a su pareja sin su autorización.
- María Luján Reyes Martínez, querellante en el caso, sostiene que su entonces pareja, el ginecólogo Ramírez, aprovechó la relación de confianza para realizar la intervención sin su consentimiento.
- La acción legal se basa en el artículo 123 del Código Penal, que castiga con multas a los profesionales que realicen tratamientos médicos sin autorización del paciente.

Este miércoles se lleva a cabo el juicio oral contra el ginecólogo José Félix Ramírez Montero, acusado de realizar un procedimiento médico sin consentimiento. El Tribunal Unipersonal a cargo de la jueza Mesalina Fernández evaluará el caso en el que se denuncia que el profesional de la salud implantó un dispositivo intrauterino (DIU) a su pareja sin su autorización.
La querella presentada por María Luján Reyes Martínez, la misma afirma que Ramírez, aprovechándose de la relación de confianza que tenían, realizó el procedimiento sin su conocimiento ni aprobación. La acción legal está patrocinada por el abogado Julio José Reyes y se sustenta en el artículo 123 del Código Penal, que prevé sanciones de multa para quienes realicen tratamientos médicos sin consentimiento.
La denuncia, del 27 de noviembre de 2022, relata que la querellante sufrió un sangrado uterino, por lo que fue llevada por Ramírez al Centro Médico La Costa, donde él mismo se encargó de su atención. Fue informada de que se le practicaría un legrado hemostático, procedimiento que se llevó a cabo bajo anestesia entre las 09:30 y las 09:49 horas.
Según la querella, el acusado aprovechó la situación para implantarle un DIU sin su conocimiento. La paciente presentó complicaciones durante la intervención y requirió procedimientos de reanimación.
Días después, al persistir el sangrado, Reyes consultó con otro ginecólogo, quien recomendó suspender el anticonceptivo que su pareja le había recetado, ya que la dosis de tres comprimidos diarios era excesiva. Posteriormente, en una ecografía, descubrió que tenía un DIU Mirena implantado sin su autorización.

Al ser reclamado Ramírez, este inicialmente dio excusas y luego reaccionó de manera agresiva, sin aclarar lo ocurrido ni proporcionar los resultados de la supuesta autopsia realizada tras el procedimiento.
La querellante alega que el hecho violó su derecho a decidir sobre su cuerpo y su capacidad reproductiva, pues se encontraba en tratamiento para quedar embarazada antes del procedimiento.

El artículo 123 del Código Penal establece sanciones para los profesionales de la salud que realicen tratamientos sin consentimiento, salvo en casos de emergencia médica que impliquen peligro de muerte o lesiones graves. En este caso, la paciente alega que no fue informada sobre la colocación del DIU, lo que haría que el procedimiento fuese ilegal.
El juicio determinará si Ramírez es responsable del hecho punible y, de ser hallado culpable, podría enfrentar sanciones según lo estipulado por la ley. Entretanto, el caso reaviva el debate sobre la autonomía de las pacientes y la ética médica en el país.