Por ley declaran Año del Centenario de Augusto Roa Bastos

 

  • El pasado 30 de diciembre del 2016 el Poder Ejecutivo firmó el Decreto 5790/16 “QUE DECLARA AÑO DEL CENTENARIO DE AUGUSTO ROA BASTOS”, sancionada por el Congreso de la Nación el 20 de diciembre 2016 y publicada en la Gaceta oficial el pasado 6 de enero del corriente.

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La Ley declara “Año del Centenario de Augusto Roa Bastos” el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2017.

La Ley declara “Año del Centenario de Augusto Roa Bastos” el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2017, en honor al natalicio del considerado como el más importante escritor paraguayo y uno de los más destacados en la literatura latinoamericana.

Para recordar al laureado Premio Cervantes 1989, se prevé la construcción de una agenda cultural que abarca desde festejos conmemorativos, eventos nacionales, hasta eventos internacionales.

La referida Ley, faculta al Ministro de la Secretaría Nacional de Cultura (SNC), a ser la Coordinador de la Comisión Nacional de Conmemoración del Centenario de Augusto Roa Bastos, conformada por las autoridades o representantes de la Secretaría de Políticas Lingüísticas, Secretaría Nacional de Turismo, Centro Cultural de la República El Cabildo, Comisión de Cultura, Educación, Culto y Deportes de la Honorable Cámara de Senadores, Comisión de Cultura, Educación y Culto de la Honorable Cámara de Diputados, Ministerio de Educación, Ministerio de Relaciones Exteriores, Secretaría Nacional de Deportes, Fundación Augusto Roa Bastos.

Esta Comisión tendrá por objetivo, además de la agenda de conmemoración de los 100 años del nacimiento del genio literario, la promoción de los concursos literarios entre otros. 

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