Juez rechazó imputación contra repartidor que mató a asaltante y ordenó su libertad

  • El juez Duarte cuestionó que la fiscala María Laura Finestra no haya acompañado su imputación con una argumentación jurídica sólida y que el relato corresponde más con una legítima defensa que con un homicidio doloso.
  • Carlos Alberto Garcete y su compañero fueron abordados por dos jóvenes armados mientras realizaban una entrega en un local comercial de Asunción.
  • Ante la amenaza, Garcete se defendió, disparando fatalmente a uno de los atacantes, quien, según su versión, había intentado gatillar su arma en dos ocasiones sin éxito.
Arma con la cual el trabajador asesinó al asaltante. || Cortesía

El juez penal de garantías Rolando Duarte rechazó la imputación contra el repartidor de bebidas Carlos Alberto Garcete Calastra y ordenó su inmediata libertad, al considerar que actuó en legítima defensa al matar a un presunto asaltante en el barrio Santa Ana de Asunción.

A través del Auto Interlocutorio (AI) N° 311, el magistrado devolvió a la fiscala María Laura Finestra la imputación presentada contra Garcete por homicidio doloso en grado de excitación emotiva. En su resolución, Duarte sostuvo que los hechos relatados por el Ministerio Público no se ajustan a los presupuestos de punibilidad establecidos por el Código Penal, y que el comportamiento del trabajador, según lo expuesto, encuadra en una posible legítima defensa.

El caso investigado ocurrió el pasado 24 de abril, cerca de las 11:00 horas, cuando Garcete y su compañero, Daniel Gustavo Martínez, llegaron a un local comercial en 41 Proyectadas y Antequera para realizar una entrega. Mientras Martínez descendía del camión, fueron abordados por dos jóvenes armados.

Garcete, quien permanecía al volante, tomó un arma, descendió del vehículo y se enfrentó a uno de los asaltantes, identificado como Jonatan Ariel Franco Galeano. Según el testimonio del repartidor, Franco intentó dispararle en dos ocasiones, pero su arma falló, motivo por el cual Garcete respondió desde el suelo, hiriéndolo fatalmente.

La Fiscalía no solicitó la prisión preventiva en su imputación; sin embargo, Garcete permanecía detenido, situación que el juez Duarte también corrigió disponiendo su liberación inmediata.

En su análisis, el magistrado cuestionó que la fiscala no acompañara su imputación con una fundamentación jurídica adecuada que sustentara la acusación de homicidio doloso. “Se vislumbra prima facie elementos que podrían corresponder a una legítima defensa, en el hipotético caso de que no se demuestren otras circunstancias que cambien el curso de la investigación”, expresó en su resolución.

Además, el juez observó que la imputación incluía una acusación bajo el artículo 95° de la derogada Ley N° 4036/2010 de Armas, y recordó que actualmente rige la Ley N° 7.411 de Armas y Municiones, por lo que la representante del Ministerio Público deberá también corregir esta parte de su acusación.

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