Juez prohíbe a padres de Sol Chávez acercarse o nombrar a odontóloga
- Un juez de Paz prohibió a los padres de Sol Chávez acercarse o mencionar a la odontóloga condenada por homicidio culposo. La familia denuncia la medida como una violación a su derecho de exigir justicia.
- El documento que impone la restricción contiene errores, incluyendo la mención de otra persona como denunciada, corregida a mano con bolígrafo. Además, confunde los cargos legales en la denuncia.
- Aunque la odontóloga y la químico-farmacéutica fueron condenadas en 2024, un Tribunal de Apelaciones ordenó un nuevo juicio. Sin embargo, la audiencia ha sido postergada nuevamente en marzo de 2025.

Un juez de Paz de Lambaré emitió una medida cautelar que prohíbe a los padres de Sol Chávez acercarse o mencionar a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza, condenada por el homicidio culposo de la joven en 2021. La decisión judicial fue duramente criticada por la familia de la víctima, que la considera una restricción injusta a su derecho de exigir justicia
La familia Chávez Franco denunció públicamente la medida a través de un comunicado en el que cuestionan su fundamento legal y la califican de “coercitiva”. Según expresaron, el juez José Segundo Velázquez Alfonso dictó la restricción a raíz de una denuncia presentada por la odontóloga Espinoza, quien alegó ser víctima de “todo tipo de hostigamiento y violencia” por parte de los padres de Sol.

La medida impuesta prohíbe a los padres, María Edith Franco y José Domingo Chávez, cualquier tipo de contacto con Espinoza, sea directo o indirecto, incluyendo comunicaciones verbales, escritas o por redes sociales. Además, se les advierte que, en caso de incumplimiento, podrían enfrentarse a sanciones más severas.
Uno de los puntos que más indignó a la familia de Sol Chávez es la presencia de errores en el documento judicial. En el oficio enviado a la Policía Nacional el 26 de marzo, se menciona equivocadamente a otra persona como denunciada, y el nombre correcto fue corregido a mano con bolígrafo. Además, la medida señala que la denuncia es por “violencia doméstica”, cuando en realidad fue formulada bajo la Ley 5777/2016 de violencia contra la mujer.
“La justicia, en lugar de proteger a las víctimas, ahora protege a quienes fueron declarados culpables de la muerte de nuestra hija. Nos quieren silenciar con una medida sin sustento alguno”, denunció la familia en su comunicado.
El caso de Sol Chávez se remonta a abril de 2021, cuando la joven falleció tras ingerir dos gramos de flúor en comprimidos, lo que le provocó un paro cardiorrespiratorio. En agosto de 2024, la odontóloga Lilia Espinoza y la químico-farmacéutica Sandra Hermosa fueron condenadas a dos años de prisión por homicidio culposo. Sin embargo, tras apelaciones y protestas, la Cámara de Apelaciones ordenó un nuevo juicio oral y público en diciembre de 2024.
El nuevo juicio, previsto para marzo de 2025, fue postergado nuevamente, lo que generó mayor indignación en la familia, que continúa realizando manifestaciones y encadenándose frente al Palacio de Justicia en reclamo de una resolución definitiva del caso.

Organizaciones defensoras de derechos humanos y asociaciones civiles expresaron su preocupación por la medida judicial, considerando que podría atentar contra la libertad de expresión de la familia Chávez. A su vez, exigen una revisión del caso para garantizar la transparencia y la correcta aplicación de la justicia.
Mientras tanto, la odontóloga Espinoza sostiene que ha sido víctima de acoso y violencia mediática, y que la medida cautelar es necesaria para proteger su integridad.