Itapúa: Condenan a 12 años de cárcel a hombre que violó a su propia hija
- Un hombre fue condenado 12 años de cárcel, al hallársele culpable de la sistemática violación de su propia hija durante cinco años.
- El hecho se registró en la zona de Pirapó, Departamento de Itapúa, y la víctima es una niña de apenas 5 años, quien fue abusada por su propio progenitor hasta que cumplió 10 años.
Según la acusación de la fiscala de la causa, Blanca Saucedo, el padre biológico abusaba de la niña de forma reiterada y sistemática en la clandestinidad de la noche, desde que la menor tenía 5 años y hasta que cumplió 10 años, acusaciones que quedaron demostradas en el juicio. Según informa el medio digital Ultimahora.com.
El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Enrique González como presidente, Julio Acuña y Gustavo Arzamendia, halló culpable al padre y lo condenó a 12 años de pena privativa de libertad, que deberá cumplir en el Centro de Rehabilitación Social de Itapúa (Cereso).
La agente fiscal Blanca Saucedo, quien obtuvo la condena carcelaria por la comisión del hecho punible de abuso sexual en niños, relató que al cumplir 10 años la menor, cuando estaba a punto de ser abusada nuevamente, logró escapar de su padre y huyó para contar lo que pasaba a un compañero de la escuela, quien le convenció que le contara lo sucedido a su abuela.
La niña le contó a la abuela materna, quien realizó la denuncia ante las autoridades, y desde allí tomó participación la Fiscalía de Colonias Unidas. El Ministerio Público llegó a confirmar plenamente que el abuso fue consumado y que la menor fue violada sistemáticamente durante cinco años.
La fiscala manifestó que la víctima, a raíz de los hechos, quedó con graves secuelas y traumas irreparables, y hasta la fecha es asistida sicológicamente. La representante del Ministerio Público había solicitado 15 años de prisión, pero el hombre, al no contar con antecedentes, recibió una condena menor a la solicitada por la Fiscalía.
Este hecho ocurrió antes de la modificación del artículo 135 del Código Procesal Penal, en el cual se establecía una pena máxima de hasta 15 años a los autores de este tipo de hechos. Luego de la modificación del artículo del CPP, la pena máxima aumentó a 20 años de cárcel.
Los nombres de la víctima y el supuesto autor se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a menores de edad en condición de víctimas o supuestos autores de hechos punibles.