Inconciencia puede causar muerte, fuertes multas y denuncia penal

  • La trágica noticia de que una beba de 1 año falleció al caerse de una motocicleta, confirma el peligro de transportar a menores de edad en un biciclo.
  • La Ley 5016 de Tránsito y Seguridad califica como infracción grave el transporte de más de dos personas en una motocicleta y a personas menores de 12 años.
  • Los infractores están expuestos a una multa de hasta 10 jornales y la remisión de los antecedentes al Ministerio Público para una investigación penal.

Una mujer maniobra su motocicleta, que estira un cachapé, con dos menores de edad a bordo || Gentileza Aurelio Aquino.

Hemos perdido la capacidad de asombro al ver en Coronel Oviedo, estampas como la que se muestra en la foto de arriba. La inconciencia y falta de control y sanción a los conductores en infracción, ha hecho que ya no llame la atención situaciones en la que verdaderamente se pone en peligro la integridad física en las calles y avenidas de la ciudad.

Sin temor alguno, ni de algún accidente y menos de una sanción por parte de las autoridades municipales encargadas del tránsito y por parte de la Policía Nacional, motociclistas y automovilistas cometen infracciones, prácticamente en las narices de los agentes de tránsito y de la propia policía.

Todos comienzan a opinar, unos en contras y otros a favor, cuando ocurren episodios lamentables como el registrado el pasado lunes en la ciudad de J. Eulogio Estigarribia, departamento Caaguazú, en el que una beba de apenas 1 año de edad falleció al caerse de la motocicleta en la que era transportada por su papá y mamá.

Muchos argumentan que se trata de un accidente y otros justifican tamaña impudencia, argumentando la pobreza como excusa para transportar a menores de edad en motocicleta, lo cual está taxativamente prohibida en el incido I) del Artículo 112 en la Ley 5016 de Tránsito y Seguridad.

“Es considerada Falta Grave: Llevar como acompañante a un menor de 12 (doce) años en ciclomotores, motocicletas, triciclones y cuatriciclones”, reza el inciso mencionado.

El director municipal de tránsito, Willian Vera, informó que la sanción aplicable es una multa que va de cuatro a 10 jornales, es decir de G. 350.000 a G. 810.500, que deberá abonar el infractor.

“Podría la policía encuadrar en lo que el Código Penal tipifica como falta al deber de cuidado del menor”, añadió el funcionario municipal, afirmando que una infracción de este tipo podría ser derivado hasta el Ministerio Público (Fiscalía), para iniciar las acciones penales correspondientes.

De acuerdo a lo mencionado por el propio Willian Vera, normalmente quienes transportan a más de dos personas en una motocicleta o quienes transportan a menores de edad, están en infracciones administrativas como falta de permiso de conducir, habilitación municipal para circulación y mucho menos cuentan con chapa emitida por el Registro Único del Automotor.

Lo más grave del caso es que este tipo de situación en la que se envuelve un infractor, no solo es reducida a una cuestión de multa o denuncia ante la Fiscalía. Estas situaciones pone en grave peligro la vida de quienes son transportados de manera irregular y peligrosa en motocicletas.

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