Hombre es condenado a 18 años de prisión por abusar de su sobrino menor

  • Un Tribunal de Sentencia condenó este viernes a un hombre a 18 años de prisión por abusar de su sobrino de 9 años de edad.
  • El hecho se registró en Alto Paraná.

Un Tribunal de Sentencia condenó a 18 años de prisión a un hombre que abusó de su sobrino menor de nueve años de edad en Alto Paraná. //elespectador

Un Tribunal de Sentencia condenó a 18 años de prisión a un hombre que abusó de su sobrino menor de 9 años de edad en Alto Paraná. El fiscal Miguel Ángel Alvarenga representó al Ministerio Público en el juicio oral. Seg{un informa el medio digital Ultimahora.com.

La Fiscalía logró probar la existencia del hecho punible de abuso sexual en niños durante el juicio oral. El tribunal estuvo presidido por Marino Méndez y conformado por Herminio Montiel y Zunilda Martínez Noguera.

Según los antecedentes, la agresión sexual se produjo el 2 de enero del 2018, a las 18.00 aproximadamente, en un inmueble ubicado en el kilómetro 40 del barrio San Blas del distrito de Yguazú.

Al momento del abuso, el menor se encontraba en la casa de su abuela en compañía de su tío, quien estaba consumiendo bebidas alcohólicas.

El hombre, estando ya alcoholizado, aprovechó que se hallaban solos en la casa para atacar al menor, le tapó la boca y lo sometió sexualmente a la fuerza. Seguidamente, le exhibió un cuchillo al niño y le advirtió que, en caso de contar lo sucedido, lo mataría y arrojaría su cadáver en la calle, para posteriormente huir del lugar.

La abuela, al llegar a la casa, notó un comportamiento extraño de la víctima, quien se acostó como para dormir alrededor de las 20:00 hs., pero posteriormente se volvió a levantar y se quejó de un dolor, alegando que se había caído sobre un hierro.

La mujer llevó al menor a un centro asistencial, donde descubrieron el abuso sexual. El hecho fue comunicado al Ministerio Público y el menor fue inspeccionado por el médico forense Hugo Céspedes, quien confirmó la agresión, informó el corresponsal de la zona Édgar Medina.

Los nombres del niño y del condenado se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas o supuestos autores de hechos punibles.

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