¿Hasta qué hora pueden abrir casas de bebidas y bares en Coronel Oviedo?

  • La Ordenanza Nro. 011/2011 es la que establece y regula el horario para los locales nocturnos.
  • La normativa establecen horarios distintos para locales gastronómicos y para los que se dedican exclusivamente a le venta de alcohol: casas de bebidas.

Foto: Ilustrativa

En un tiempo a Coronel Oviedo se lo conocía como la “ciudad de las casas de bebidas”, luego como el de las lomiterías.

Sin embargo, a menudo la queja constantes es del desorden nocturno, tanto en el tráfico vial y la seguridad en la circulación debido a que las casas de expendio de bebidas se convierten en una improvisada discoteca donde hasta horas de la madrugada se consume bebidas y fuertes equipos ambulantes molestan el tímpano de vecinos y de quienes cruzan por el lugar.

¿Hasta qué hora deben permanecer abiertas las casas de bebidas?
El inciso a) del artículo 6º de la Ordenanza dice: “En los locales donde se comercialicen, vendan o suministren bebidas alcohólicas para su consumo en sitio distinto al local comercial […] las casas de bebidas que tendrán un horario de atención al público de 07:00 AM a 02:00 horas”.

El horario establecido para el expendio de bebidas en supermercados, despensas y afines es de 07:00 AM a 22:00 horas.

Horario límite para bares y restaurantes
La misma Ordenanza establece como horario límite para locales gastronómicos, en los cuales también se vende bebidas alcohólicas para consumo en el mismo lugar. El horario establecido es de 07:00 AM hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo, inclusive feriados.

En todos los casos, los locales deben cumplir con lo establecido en las normativas que regulan la polución sonora y ambiental.

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