Estudian proyecto que establece multas y condenas de hasta 2 años por acoso callejero
- Una mesa de trabajo multisectorial analizó hoy el proyecto de ley “Que sanciona el acoso sexual callejero”, presentado en octubre del año pasado por el diputado Hugo Ramírez (ANR).
- Estuvieron representantes del Ministerio de la Defensa Pública, la Policía Nacional y organizaciones de la sociedad civil y coincidieron en que la normativa será una herramienta.
- “Para erradicar todo tipo de violencia; en especial, las conductas que atentan contra la integridad sexual de las personas”, informó la Cámara de Diputados.
Se considera acoso callejero a todo acto de connotación sexual en lugares o espacios públicos, o de acceso público, sin que haya consentimiento de la víctima y que produzca intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente de inseguridad u ofensivo.
En la exposición de motivos dentro del proyecto se señala que “estos acosos tienen un impacto negativo en la víctima y en muchas ocasiones la misma debe cambiar su rutina o evitar ciertos lugares por miedo a que la situación escale a una agresión física”.
El proyecto de ley habla de multas no menores a cien jornales mínimos, que actualmente equivalen a 9.808.900 guaraníes, para quien realice actos como “gestos obscenos, jadeos y cualquier sonido de carácter sexual, así como también el que pronunciare palabras, comentarios, insinuaciones o expresiones verbales de tipo sexual alusivas al cuerpo, al acto sexual hacia la víctima”.
También pretende castigar con pena privativa de libertad de hasta 6 meses o multa por alguna de estas cosas:
- Captar imágenes, vídeos o cualquier registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de ella, sin su consentimiento, así como divulgar en cualquier forma este material.
- Acosar sexualmente con acercamientos intimidantes, exhibicionismo o masturbación, persecución a pie o en medios de transporte.
- Realizar contacto físico indebido y no consentido.
- Perseguir o arrinconar.
En el caso de que la víctima sea menor de edad o adulta mayor, tenga alguna discapacidad o esté embarazada, la condena podrá ser de hasta dos años.
Acosar en grupo también será considerado un agravante. “Esta disposición también será aplicable a quien comete el delito en compañía de otras personas o con pluralidad de participantes”, señala el proyecto.
El documento dice que lo que se recaude en multas será destinado, en partes iguales, al Ministerio de la Mujer y al Ministerio de la Niñez y Adolescencia para llevar adelante campañas de concienciación sobre el acoso callejero.