En Santa Rosa del Aguaray la jueza Mónica Duarte dispuso la impresión de resoluciones en braille

  • La impresión de una resolución judicial en lenguaje braille, sistema de lectura y escritura táctil pensado para personas con discapacidad visual parcial, fue dispuesta por el juzgado de la niñez y adolescencia de Santa Rosa del Aguaray.
  • La nueva medida busca una justicia más inclusiva con el sistema de lectoescritura.
Mónica Duarte, jueza de la Niñez y Adolescencia de Santa Rosa del Aguaray. //lanacionpy

La impresión ha sido posible gracias al pedido de colaboración y solicitud realizada del departamento de Educación Inclusiva del Ministerio de Educación y Ciencias y el Centro de Recursos de la Asociación Santa Lucía, en el marco del proceso sobre Guarda, incorporando la integración social a la gestión jurisdiccional para accesibilidad a todos los sectores. Según informa la página web oficial de la Corte Suprema de Justicia.

Además de la impresión de la resolución en este sistema de lectoescritura, que permite el conocimiento acabado de la decisión; también se ordenó que todo el expediente sea impreso en este sistema en coordinación con estamentos dedicados a esta área, buscando formas de lograr una justicia más inclusiva, en caso de ser solicitado por las partes.

La resolución de la jueza Monica Duarte, se basó en el artículo 46 de la Constitución Nacional sobre las garantías de igualdad y de acciones positivas o protecciones igualitarias a fin de que se pueda garantizar que personas con vulnerabilidad, puedan gozar de todas las leyes a su favor y en especial de los organismos que tienen que velar por su cumplimiento. Asimismo,  sustentó su decisión en los artículos 54 y 58 de la ley fundamental,  que responsabiliza a la familia, a la sociedad y al Estado, de proteger los derechos del niño y además de disponer medidas a favor de personas excepcionales en igualdad de condiciones y en la Ley 3549/2008 que aprueba la  Convención sobre Derechos de personas con discapacidad y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad como obligación del Estado tendiente a aplicar compromisos internacionales en casos concretos.

En el proceso, el juzgado ordenó que la notificación sea dada en formato audio a través de mensajerías y tuvo en cuenta esencialmente que el sujeto de derecho se trata de una niña con derecho a vivir en familia, siendo la pareja del entorno,  sumado a la formación académica universitaria de los solicitantes quienes a pesar de que son invidentes son profesionales en el área de la educación y con solvencia moral y precautelando el mantenimiento constante del vínculo familiar con otros miembros de la familia biológica y tomando en consideración la idea de una justicia con alta sensibilidad e inclusión social.

El juzgado agradeció a las entidades la importante colaboración brindada.

Los datos y nombres que guardan relación con el proceso judicial en si mismo, se reservan en virtud del artículo 29 del código de la Niñez y Adolescencia.

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