Denuncian que UNCA viola leyes en el proceso electoral y piden nulidad

  • La Ley 3385 que aprueba la Carta Orgánica de la Universidad Nacional del Caaguazú dispone un plazo de 30 días para la inscripción en el pre padrón.
  • El Calendario Electoral, enmarcado en la Resolución 074/2023, para elección del Consejo Directivo para la Facultad de Ciencias Económicas.
  • Un grupo de docentes, representado por el abogado Juan Pereira, solicitó la nulidad de la resolución que aprueba el calendario electoral, por no ajustarse a las Leyes y Normativas vigentes.
Ángel Rodríguez, presidente del Consejo Superior Universitario de la UNCA || Archivo – OviedoPress

La Ley 3385 es la que aprueba la Carta Orgánica de la Universidad Nacional del Caaguazú (UNCA) y que rige para todas las acciones institucionales para garantizar que los procedimientos estén normados en base a la legislación vigente en la República del Paraguay.

En su Artículo 91, dice de manera taxativa: “Para intervenir en los comicios de profesores, egresados y estudiantes y votar y ser votados, la inscripción en el Registro Cívico Universitario debe datar de fechas por lo menos de dos meses antes a la del acto eleccionario…”.

Esta es la primera objeción esgrimida en el escrito en la que se solicita la nulidad de la Resolución 074/2023 que aprueba el Calendario Electoral del Tribunal Electoral Independiente para la elección del nuevo Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas (FCE-UNCA).

Solo dos días para incripción, mientras que la Ley dipone que sean 30 días || Resolución 074/2023

La nota de pedido de nulidad fue presentada por el abogado, Juan Pereira, en representación de los docentes: Shirley Mabel Silva, Rosa Fernández Figueredo y Néstor Alvarenga.

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