Concejal propone cumplir la Ley y prohibir venta de pirotecnia en el Mercado de Coronel Oviedo
- Desde el pasado junio está vigente la Ley 6754 que prohibe la venta y suministro de pirotecnia y explosivos a menores de edad.
- El concejal municipal de Coronel Oviedo, Elvio Castro, expuso el contenido de la nueva legislación a través de la cual queda prohibida la venta de pirotecnia en lugares públicos.
- Uno de los lugares donde más se exponen los artefactos, es en el Mercado Municipal de la ciudad, por lo que la Junta Municipal resolvió que el municipio vigile el cumplimiento de la Ley, específicamente en el lugar debido al peligro que representa.
La Ley 6754 fue promulgada el 17 de junio de este año y tiene como objetivo establecer medidas de protección que eviten la exposición al peligro y daño de los cuales son víctimas niños, niñas y adolescentes como consecuencia del uso y manipulación de pirotecnia y explosivos, garantizando el ejercicio de sus derechos fundamentales a la vida, la integridad física y la salud.
En ese contexto la Ley vigente, el concejal municipal Elvio Castro, propuso el cumplimiento de la misma que tiene como una de las autoridades de aplicación, la Consejería por los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (Codeni) de la municipalidad local.
El legislador comunal expuso la importancia de proteger a los menores de edad de los peligros que generan los artefactos explosivos. Además mencionó que le Mercado Municipal de Coronel Oviedo no cuenta con infraestructuras de urgencias y evacuaciones para casos de emergencias que puedan ser producidos por la explosión e incendio de un artefacto que podría producir una catástrofe.
La Ley es explícita, en su artículo tercero dice de manera clara: “Queda prohibida también la venta informal de pirotecnia y explosivos en la vía pública“.
Los comercios que cuentan con la autorización para la venta de pirotecnia y explosivos, están obligados a difundir un mensaje visible en la que se advierte con el siguiente texto: “Está prohibida la venta y suministro de artículos pirotécnicos y explosivos para niños, niñas y adolescentes“, en un cartel cuyas dimensiones deben ser de 40 centímetros de ancho y 20 de largo.
Las denuncias podrán ser realizadas en la oficina de la Codeni o en la Oficina Regional del Ministerio de Industria y Comercio (ORMIC) de la ciudad de Coronel Oviedo.
La multa establecida es de 20 jornales mínimos (G. 1.761.020) cuya distribución será de la siguiente manera: el 20 por ciento para el Ministerio de Industria y Comercio, el 50 por ciento para el Ministerio de la Niñez y Adolescencia, y el 30 por ciento para el municipio que haya aplicado la vigilancia, recepcionado la denuncia y aplicado la sanción.