Comunicadores denuncian violación de la ley de acceso a la información

  • La Sociedad de Comunicadores del Paraguay denunció la violación de la Ley N° 5282/14, de Acceso a la Información Pública en relación a un pedido de informe sobre lo tratado en el Consejo de Administración de la Itaipú Binacional, lado paraguayo.
  • En el mes de abril habían solicitado un informe escrito o verbal por parte de la binacional.
//Archivo-OviedoPress

La Sociedad de Comunicadores del Paraguay ha enviado notas de denuncia a las comisiones de DDHH y Asuntos Constitucionales de Senadores y Diputados, así como a varias organizaciones civiles, en relación a la violación de la Ley N° 5282/14, de Acceso a la Información Pública, en relación a un pedido de informe sobre lo tratado en el Consejo de Administración de la Itaipú Binacional, lado paraguayo.

En tal sentido, sin que la hidroeléctrica haya presentado ninguna acción de inconstitucionalidad, ante sí y de por sí, ha declarado la inaplicabilidad de dicha legislación en cuanto a ellos, como administración lado paraguayo, cuando es la Corte Suprema de Justicia la que debe expedirse al respecto.

La SCP y el SPP habían solicitado, en el mes abril, un informe, ya sea escrito o verbal, por parte de un integrante nacional del Consejo de Administración, en cuanto al contenido de las reuniones realizadas por el pleno, así como las argumentaciones y el sentido del voto de nuestros consejeros, en los encuentros realizados a partir de agosto del 2018.

Ante dicha petición, la Defensoría de Itaipú respondió que “la doctrina y la jurisprudencia niegan el carácter público de la información de Itaipú, en razón de su naturaleza binacional” cuando la binacionalidad no debe ser excusa para eludir las leyes.

Tampoco mencionó, en su momento, acción alguna realizada ante el ámbito jurisdiccional para cuestionar la validez de la normativa para la empresa hidroeléctrica, única vía para negarse a su cumplimiento, en caso de que los estrados judiciales así lo determinen.

Al respecto, el artículo 2, Inciso I de la ley 5282/14 indica como sujetos obligados a los consejeros de las binacionales, además de obviar el artículo 28 de la Constitución Nacional, que consagra el derecho de acceso a la información y que está por encima del Tratado de Itaipú.

ORGANIZACIONES Y ACCIÓN JUDICIAL

La nota de denuncia fue enviada a las citadas comisiones del Congreso, además de Decidamos, Semillas por la democracia, Movimiento Plan de Acción Ciudadana, Asociación de Abogados del Paraguay, entre otras.

En las próximas semanas, en día a confirmar, se presentará una acción judicial, denominada amparo constitucional, de tal modo a que un juez ordene la entrega de dicha información o, en su caso, que la Itaipú plantea una acción de inconstitucionalidad, de tal modo a que la CSJ decida si corresponde o no entregar la información aquí mencionada.

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