Censo Nacional: Multas por negarse a brindar información u otorgar datos falsos
- De acuerdo a la ley 6.670 multa por falsear datos o negarse a responder las preguntas del Censo Nacional puede llegar a alcanzar los 200 jornales mínimos (casi G. 20.000.000).
- Son cuatro los tipos de infracciones establecidas en dicha norma, primeramente, pueden ser sancionados quienes nieguen u omitan datos. También hay multas para los que suministren datos fuera de los plazos, y para quienes se nieguen a subsanar los errores contenidos en los datos brindados o quienes falseen o adulteren dichos datos.
- El director del INE, Iván Ojeda, hizo énfasis en que nunca aplicaron ninguna sanción porque nunca tuvieron la necesidad de llegar a ese punto, indicó que no desean castigar al ciudadano.
La Ley N° 6.670, que crea el Instituto Nacional de Estadística (INE), establece en su artículo 39 que las multas en torno al Censo Nacional podrán alcanzar incluso los G. 20 millones en total, puesto que se habla de entre 20 y 200 jornales mínimos vigentes. Entre G. 1.961.780 y G. 19.617.800.
Son cuatro los tipos de infracciones establecidas en dicha norma, primeramente, pueden ser sancionados quienes nieguen u omitan datos. También hay multas para los que suministren datos fuera de los plazos, y para quienes se nieguen a subsanar los errores contenidos en los datos brindados o quienes falseen o adulteren dichos datos.
Pese a que la ley prevé esta multa, el director del INE, Iván Ojeda, hizo énfasis en que nunca aplicaron ninguna sanción porque nunca tuvieron la necesidad de llegar a ese punto. Indicó que no desean castigar al ciudadano y que están sintiendo muy buena receptividad en las primeras pruebas piloto.
Por otra parte, en caso que necesiten aplicar alguna multa, el Departamento de Asesoría Jurídica es el encargado de analizar cada sanción y determinar si es o no aplicable la multa, que en caso de ser cobrada formará parte de los ingresos del INE.
El dia del censo será feriado Nacional y se insta a la ciudadanía a que permanezca en su vivienda entre las 05:00 y 18:00, exceptuando a algunos trabajadores especiales.