Cambios en el Código Electoral: ¿qué se viene para las elecciones del 2026?

  • La Cámara de Diputados aprobó modificaciones al Código Electoral que apuntan a simplificar procesos y mejorar la fiscalización.
  • El TSJE respalda los cambios, que incluyen nuevas reglas para el registro de movimientos y la habilitación de cuentas bancarias.
  • La actualización del padrón en el extranjero también fue ajustada para dar mayor precisión antes de los comicios.
Tribunal Superior de Justicia Electoral. ll CSJ

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que modifica artículos clave del Código Electoral, especialmente aquellos vinculados al proceso de inscripción de candidaturas y al registro de votantes en el extranjero. Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), el balance es positivo: se trata de una simplificación de trámites que podría aliviar las tensiones logísticas de las elecciones internas y generales.

Uno de los puntos más relevantes es la modificación del Artículo 64 de la Ley 6501, que establece las condiciones para el financiamiento político. Según explicó Christian Ruiz Díaz, director de Financiamiento Político del TSJE, la principal variación se dio en el inciso A, que afecta directamente a los movimientos políticos en etapa de internas. “Se simplifican procedimientos”, afirmó, detallando que ya no será necesario esperar a que todos los candidatos presenten sus declaraciones juradas de ingresos y gastos para gestionar el identificador tributario.

Anteriormente, era obligatorio presentar estos documentos en formato físico ante la DNIT, lo cual demoraba la operatividad de los movimientos internos. Con el nuevo esquema, será suficiente con el reconocimiento oficial del movimiento político por parte del tribunal electoral para que este trámite pueda realizarse. “Con el simple reconocimiento del movimiento interno (certificado de nacimiento de la organización) basta y sobra”, indicó Ruiz Díaz.

Esto permite a los movimientos contar con una cuenta bancaria habilitada hasta 90 días antes de los comicios, algo que antes resultaba complicado de lograr. “Podemos tener la cuenta con anticipación y que no existan excusas de que no pudieron habilitar la cuenta, de que no hubo tiempo, etc.”, comentó el director. Además, subrayó que ahora no solo será obligatoria la habilitación de la cuenta, sino también su uso efectivo.

Otra reforma importante es la modificación del Artículo 130 del Código Electoral, que regula las inscripciones en el Registro Cívico Nacional en el extranjero. A partir de ahora, el TSJE queda autorizado para realizar un corte administrativo del padrón en el año previo a las elecciones, con el objetivo de actualizar la base de datos antes de que se inscriban las candidaturas. “Estamos de acuerdo con esto porque vamos a tener un padrón mucho más actualizado más cercano a las elecciones”, señaló Ruiz Díaz.

Para ilustrar el impacto de este cambio, citó el calendario electoral próximo: las elecciones municipales están previstas para el 4 de octubre de 2026, mientras que las internas se harán el 7 de junio. Las candidaturas internas deberán presentarse en enero, por lo que con la ley anterior, los datos no estarían actualizados. Con la reforma, se podrá realizar un corte el 30 de junio de este año y contar con una base de datos precisa para las internas.

En cuanto a la inscripción automática de jóvenes que cumplen 18 años, se mantiene vigente. No obstante, Ruiz Díaz recordó que quienes cambian de domicilio, especialmente quienes viven en el extranjero, deben actualizar sus datos de forma presencial en los consulados correspondientes. La automatización no reemplaza la responsabilidad del votante de mantener actualizada su información.

Desde el TSJE, se valoran estos ajustes como un avance hacia un sistema más eficiente y transparente, que permitirá mayor previsibilidad para los actores políticos y una mejor organización del proceso electoral.

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