Juez dictó libertad de presunto abusador sin leer expediente, según fiscal del caso
- El juez César Narvaez otorgó medidas alternativas a la prisión a un acusado de abuso sexual contra una adolescente de 14 años, argumentando que no consideraba la prisión preventiva necesaria debido a la falta de información en la carpeta fiscal sobre la cercanía de viviendas entre la víctima y el acusado.
- La fiscal del caso, Gloria Rojas, contrajo al juez Narvaez, afirmando esta información está claramente documentada en el expediente judicial.
- Argumentó que solicitó la prisión preventiva para el acusado justamente debido a la cercanía entre las viviendas de la víctima y el agresor, de solo 50 metros de distancia.
El viernes último, juez César Narvaez argumentó que otorgó medidas alternativas a la prisión a Pedro Fabián Salinas al no considerar necesaria la prisión preventiva, en un caso de coacción sexual, ya que la calificación del Ministerio Público fue por abuso sexual en personas indefensas. La adolescente de 14 años, vecina del presunto autor.
Narvaez señaló que la carpeta fiscal no incluía información sobre la cercanía entre la víctima y el acusado ni un diagnóstico médico que indique que la niña tiene algún tipo discapacidad.
“Según lo que tengo en el expediente hasta ahora, no hay nada. No hay diagnóstico médico ni nada por el estilo. El órgano investigador es el Ministerio Público, y en el expediente judicial no se menciona que son vecinos. Una cosa es la carpeta fiscal de investigación y otra el expediente judicial”, afirmó el juez.
Sin embargo, la fiscal desmintió esta afirmación, refutando que sí está documentado. “En un principio, la madre en su denuncia especifica claramente que es vecina del agresor. Incluso, el agresor menciona en su audiencia de imposición de medidas que es vecino de la presunta víctima”, dijo la abogada Gloria Rojas.
Rojas explicó que, para realizar una imputación y presentarla ante el sistema, es necesario escanear la carpeta fiscal y cargar el expediente electrónico. “Por lo tanto, no está en mi jurisdicción determinar si él leyó o no la información. Está claramente establecido en el expediente, incluso en la denuncia de la madre, en el testimonio de la niña y en la audiencia en la que él mismo admitió que son vecinos”, señaló la investigadora.
Aunque el delito se califica como abuso sexual en personas indefensas, con una pena máxima de tres años, Rojas consideró que era necesaria la prisión preventiva debido a la cercanía entre las viviendas de los involucrados. “Tengo la facultad de solicitar que él se someta al proceso, y en su momento apelamos la decisión. Ahora esperaremos la decisión del Tribunal de Apelaciones sobre si revoca o confirma la medida”, agregó.
Principalmente, la cercanía entre la víctima y la persona imputada, que viven prácticamente a 50 metros, fue lo que motivó su solicitud de prisión preventiva. “En este caso, si bien tiene 14 años, tiene ciertas características que hacen que se haya tomado la decisión de caratular de esa forma. Tiene evaluaciones realizada y que posteriormente van a ser realizadas por el ministerio público para confirmar que existe esa condición en la menor”, acotó.