Asistente fiscal niega haber liberado a mujer que derribó subcomisaría con su coche

  • Adán Rolón, asistente fiscal, aclaró que no estuvo presente en el lugar del accidente y dijo que no tiene la autoridad para ordenar detenciones o liberaciones.
  • Fiorella Magalí Paredes Duarte (18) perdió el control de su vehículo y chocó contra una comisaría en Blas Garay, ocasionando daños materiales significativos.
  • La policía solicitó autorización al Ministerio Público para realizar la prueba de alcotest a la conductora, determinando un nivel de alcohol en sangre de 0,386, considerado falta administrativa, según explicó Rolón.
El vehículo se incrustó por la parte frontal de la sede policial. || Cortesía

El asistente fiscal de la Unidad Nro. 2 de Coronel Oviedo, Adán Rolón, desmintió las afirmaciones que sugieren su participación en la liberación de Fiorella Magalí Paredes Duarte (18), la conductora que embistió una comisaría en Blas Garay. En contacto con el programa Hablando Claro emitido por Radio Mundo Sol, Rolón afirmó que no estuvo presente en el lugar del accidente y que no tiene la autoridad para ordenar la detención o la libertad de individuos, ya que esa es una facultad exclusiva del agente fiscal.

“En primer lugar, en forma particular como asistente fiscal no tengo la potestad para ordenar la detención o la libertad de ninguna persona, es potestad exclusiva del agente fiscal. Yo solamente soy un coadyuvante”, expresó.

El incidente ocurrió cuando Paredes Duarte, residente de Caaguazú, bajo la influencia del alcohol, perdió el control de su vehículo Toyota Allion blanco con chapa HAP 159 Py, impactando primero contra un monolito, luego contra la patrullera y finalmente contra la sede policial, ocasionando considerables daños materiales.

Rolón explicó que recibió una llamada a la 01:00 de la madrugada del sábado de un suboficial de la subcomisaría cuarta solicitando autorización para realizar la prueba de alcotest a la conductora. Tras comunicarse con la fiscal de turno, Dra. Lourdes Soto, se autorizó la prueba y se determinó que Paredes Duarte tenía una concentración de alcohol en sangre de 0,386.

“Entonces le digo que era una falta administrativa, hasta ahí quedamos esa noche”, manifestó el asistente fiscal asegurando que en ningún momento, los efectivos policiales le mencionaron que los daños materiales fueron contra la sede policial.

Al día siguiente, alrededor de las 06:30 aproximadamente, recibió un mensaje por parte de uno de los asesores jurídicos de la Dirección de Policía del departamento Caaguazú, quien le consultó qué se podía hacer respecto a los daños contra la subcomisaría. “¿Qué comisaría?, le consulté. 0Y del accidente de tránsito, me dijeron que hablaron contigo para que se le haga el alcotest’, me dijo. Ese fue el momento en que me entero que un vehículo chocó por el monolito y el mástil de la comisaría”, apuntó Rolón.

El asistente fiscal explicó que la Ley 5016/14 no especifica un límite exacto de alcohol en sangre para que la conducta de conducir bajo la influencia sea considerada delito. Sin embargo, la Ley 6842, modificada en 2021, establece que conducir con un nivel de alcohol en sangre de 0,40 o superior es penalmente relevante y los antecedentes deben ser remitidos al Ministerio Público.

“No configura porque es una falta administrativa prevista en la ley”, sostuvo entonces respecto al grado de alcohol que tenía la joven al momento del choque.

Rolón concluyó que no existe registro documental de la intervención del Ministerio Público en este caso y que, aunque el incidente pudo haber sido considerado un delito según la interpretación del artículo 159 del Código Penal, él no tiene la potestad para ordenar la detención o la libertad en casos de faltas administrativas.

“Haciendo una interpretación del artículo 159 del código penal que habla del daño a obras construidas o medios técnicos de trabajo que sea propiedad. Una entidad al servicio del orden o la seguridad pública. Yo creo que si alguien se va y daña una comisaría se puede encuadrar dentro de este tipo penal. Tiene un marco penal regularmente alto. Se castiga también la tentativa. Nuestra normativa penal, castiga el hecho doloso. Hay excepciones donde, por ejemplo, el homicidio culposo”, sostuvo finalmente.

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