Caaguazú: Victima de violencia familiar teme por su vida
- Una joven madre, denunció a su cuñado, hermano de su esposo por violencia familiar, la Fiscalía de Campo 9, imputo y acusó al hombre.
- Durante el juicio oral y público, la defensa habría planteado un incidente de nulidad absoluta, ese pedido fue aprobado por el tribunal de sentencias de Caaguazú y dejó libre al supuesto agresor, por lo que la mujer ahora teme por su vida teniendo en cuenta que incluso, según la victima habría recibido varias amenazas por parte de su cuñado.
- El hecho se habría registrado en la colonia San Carlos, distrito de Mcal. López, departamento de Caaguazú
Un hombre, identificado como José Asunción Benítez, docente de la zona de la colonia San Carlos, distrito de Mcal. López acusado por la Fiscalía zonal de J. Eulogio Estigarribia (ex Campo 9) por la comisión del supuesto hecho punible de violencia familiar, quedó en libre del proceso y sin ninguna medida cautelar tras un incidente de nulidad absoluta planteado por su defensor ante el Tribunal de Sentencias de Caaguazú. Esta decisión del Tribunal fue cuestionada duramente por la victima y sus demás familiares.
La mujer, lamentó y se mostró renuente a aceptar la sentencia de los jueces. Refirió que, la Fiscalía junto con la representante convencional de la querella adhesiva apelarán la sentencia en cuestión. De acuerdo a los datos, el incidente planteado por el abogado Virgilio Benítez, quien representa al supuesto agresor, se da a raíz de que supuestamente no se ha cumplido con el debido proceso.
En ese sentido, el profesional del derecho argumentó la falta de indagatoria previa válida de su defendido refiriendo que, sin bien, durante la etapa investigativa el Ministerio Público citó al docente para su indagatoria el 20 de mayo de 2022, y que en esa ocasión fue indagado por un hecho de violencia familiar ocurrido en fecha 9 de abril del año 2021.
Sin embargo, dedujo que la denuncia policial indica que el hecho ocurrió supuestamente el 9 de abril, pero del año 2022. Por lo que, solicitó la nulidad absoluta de la acusación teniendo en cuenta que se ha violentado lo establecido en el Código Procesal Penal, específicamente el articulo 350, que estatuye que “En ningún caso el Ministerio Público podrá formular acusación, si antes no se dio oportunidad suficiente para la declaración indagatoria del imputado, en la forma establecida en el código”.
Por otra parte, la agente Fiscal, abogada Sonia Estigarribia y la querella adhesiva, abogada Norma Romero, sostienen que se ha cumplido con todos los requisitos previos a la acusación conforme las normas legales y que lo que ocurrió fue un error de tipeo. “Fue un simple error de tipeo, en el año en que ocurrió el hecho, se escribió 2021 y tenia que ser 2022” dijeron.
Asimismo, la representante de la víctima, lamentó que el Tribunal de Sentencias haya dado curso y lugar a ese incidente por una cuestión de error humano, dijo. Aseguran que apelarán la sentencia y que continuarán hasta la última instancia.
Por su parte, la víctima, ahora teme por su vida, según denunció durante una rueda de prensa que el docente quien es su cuñado la habría amenazado en varias ocasiones.