Covid-19: Negarse a la vacuna no es motivo legal de despido

  • El abogado Jorge Vasconcellos fue categórico al resaltar que no hay ninguna disposición legal que obliga al trabajador a vacunarse contra el Covid-19, por lo que las empresas que no desean colaboradores no inmunizados deberán pagarles necesariamente por despido injustificado.

El abogado constitucionalista, Jorge Vasconcellos, se refirió en entrevista con el canal GEN a las empresas que advierten que no aceptarán a colaboradores sin vacunación anticovid.

No existe una causal de recisión de contrato vinculado al incumplimiento de la pseudo obligación a recibir vacunas. El Código Laboral establece que el contrato de trabajo puede suspenderse cuando el trabajador tiene enfermedades infecto-contagiosas. Habla de suspensión, no habla de terminación de contrato. No establece ninguna obligación del trabajador de vacunarse”, comentó.

El letrado reiteró durante la entrevista que en el ámbito del trabajo no hay ninguna disposición legal que obliga al colaborador a inmunizarse. “No establece que la empresa me saque de la planilla ni que la institución pública me someta a sumario administrativo. Sería un despido injustificado si me echan”, aclaró.

Vasconcellos explicó que la vacunación es una medida de carácter preventiva personal, del derecho de cada individuo de disponer por su cuerpo y protegerse, por lo que no es algo que pueda incorporarse al reglamento interno del trabajo.

Sobre el argumento de los pro vacunas sobre el riesgo que conlleva trabajar con una persona no inmunizada, explicó que no considera válido esa apreciación, ya que en realidad la vacuna minimiza el riesgo de los vacunados, entonces la persona con su dosis estará protegida. Comparó que si se quiere aplicar esa lógica, entonces hasta en el transporte público se tendría que exigir el carnet de vacunación.

Referente a la exigencia de presentar el certificado de vacunación en locales privados, el letrado comentó que el propietario posee el derecho de admisión a su recinto y eso no tiene inconvenientes con el esquema constitucional. “En mi casa, negocio o empresa abierta al público, puedo decidir a qué tipo de público recibir. Lo que no puedo hacer es permitirles ingresar y luego obligarles a recibir la vacuna. Si yo no quiero vacunarme por algún tipo de motivo, entonces decido no irme a ese lugar que exige el carnet”, puntualizó.

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