No hay obligación de presentar certificado de test de Covid al volver a trabajar
- Desde el Ministerio de Trabajo informan que todos los empleados aislados por coronavirus no están obligados a presentar el certificado a sus empleadores, una vez que pasen los 14 días establecidos según el protocolo sanitario y retornen a sus puestos de trabajo.
Una consulta frecuente de los trabajadores que cumplieron cuarentena preventiva por Covid-19 y no cuentan con un test que los avale por el nuevo protocolo de la cartera de Salud, el Ministerio de Trabajo aclaró que los mismos pueden retornar a sus puestos de trabajo después de los 14 días establecidos, siempre y cuando no presenten síntomas de la enfermedad. Según informó el medio digital hoy.com.py.
La directora general de Seguridad Social, Mónica Recalde indicó que el empleador no podrá exigir una prueba de Covid negativa o un certificado que el trabajador se realizó el hisopado para permitir su vuelta.
En ese sentido, sostuvo que el propio empleado debe ser consciente y responsable a la hora de cumplir estrictamente el protocolo sanitario de cuarentena establecida ante la enfermedad.
Asimismo, dijo que, en caso de que la patronal no cumpla con la disposición vigente, los afectados deben comunicarse ante el Ministerio de Trabajo, ya sea a través de sus redes sociales, al celular (0993) 308-100 o a la línea baja (021) 729-0100 interno 133.
Las altas no requieren documento oficial
El Ministerio de Salud remarcó que las altas no requieren ningún documento oficial, por ende, una persona laboralmente activa, no requiere de un test negativo o ningún certificado que indique que la persona haya salido del cuadro.
Simplemente se toman en cuenta la cantidad de días desde la toma de la muestra.
Ante el aislamiento de las personas que se tomaron la prueba y el resultado dio positivo, según el protocolo, el Alta se da al completarse 14 días de aislamiento desde el inicio de síntomas y con al menos tres días libres de signos y síntomas.